¡Gracias por su patrocinio! Experiencia y dedicación a su servicio
Rachel Arvelo

Incentivos para compras de vivienda


 
Ya esta disponible el nuevo incentivo para la compra de viviendas
 
Los consumidores obtienen el incentivo adquiriendo una segunda hipoteca, por la cual no pagarán principal ni intereses por 10 años.
Ya esta operando el nuevo programa de estímulo económico criollo para la compra de viviendas que brinda a los consumidores la oportunidad de adquirir una vivienda con incentivos aplicables al pronto pago de $25,000 para viviendas nuevas, y de $10,000 para viviendas existentes.  En esta ocasión,  los consumidores obtienen el incentivo adquiriendo una segunda hipoteca, por la cual no pagarán principal ni intereses por 10 años. Estos intereses no se van acumular.
 
El Programa de Estímulo de Compra de Viviendas  se autoriza mediante el Artículo 5 de la Ley Núm. 9 del 9 de marzo de 2009, conocida como Ley del Plan de Estímulo Económico Criollo, y representa un ahorro aproximado de $150  en el pago mensual de la hipoteca. Según explicó Rafael Rojo, presidente de la Asociación de Constructores de Hogares (ACH), “Por ejemplo, bajo este  nuevo programa de estímulo económico una hipoteca de $200,000, al 6% de interés, pagaría alrededor de $1,200 mensuales. Con este programa el comprador, por los primeros 10 años, estaría pagando $1,050 mensuales. Esto totaliza un ahorro de $18,000 durante esos primeros 10 años”.
 
Cabe señalar que para las propiedades en reventa el vendedor deberá aportar la cantidad de $3,000 por concepto de commitment fee a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda,  que serán deducidos de sus ganancias  el día del cierre, y a su vez, el comprador de esta propiedad existente recibe una segunda hipoteca de $10,000.
 
Este programa estará vigente hasta el 31 de diciembre de  2009 o hasta que  se agoten las 8,000 unidades nuevas y las 4,000 unidades existentes, lo que ocurra primero. Asegura George Joyner, director de la Administración para el Financiamiento de la Vivienda que, “en esta ocasión se han tomado las medidas necesarias para asegurar que se lleva un registro preciso del proceso de forma que se pueda llevar un conteo confiable que permita conocer el movimiento real de unidades”.
 
QUÉ OFRECE EL PLAN DE ESTÍMULO ECONÓMICO CRIOLLO
- Permite al comprador obtener hasta $25,000 para el pronto de su nueva residencia.
- Este pronto no solo le facilita la compra y cualificación, sino que también  ayuda a aliviar el pago mensual.
- Al momento de financiar el préstamo hipotecario, el banco otorgará una segunda hipoteca de hasta $25,000.
- Los costos de principal e interés de esta segunda  hipoteca serán cubiertos sin gastos para el comprador por los primeros 10 años. Luego de este periodo, el propietario de la vivienda hará un pago mensual fijo por 20 años a un interés pre-establecido el día de su  cierre, cuando compre la propiedad.
 
RETOS PARA  LOS COMPRADORES
El presidente de la Asociación de Constructores de Hogares (ACH), Rafael Rojo aseguró que, “El nuevo programa de incentivos para la compra de vivienda  es un ejemplo de lo que se puede lograr cuando el gobierno y el sector privado trabajan juntos. El programa es uno sumamente creativo y eficiente pues atiende los principales retos de los compradores entre los que están: el no tener la cantidad disponible para el pronto, en cuyo caso este programa de segunda hipoteca o pronto, tiene el mismo efecto de un pronto para efectos de los bancos hipotecarios al ser otorgado a través del gobierno mediante un subsidio. Atiende además, la dificultad de cualificar de algunos compradores,  ya que con la aportación de los constructores, la banca y el gobierno, al comprador se le subsidia por completo el pago de principal e interés por 10 años  lo que representa un ahorro aproximado de $150  mensuales en el pago de la hipoteca”.
 
Por su parte, el Secretario de la Vivienda,  Yesef Cordero, enfatizó en la necesidad de vivienda accesible que existe en Puerto Rico al tiempo que aseguró que programas como este le ofrecen una alternativa viable a sectores que de lo contrario no podrían tener la capacidad económica de conseguir el dinero necesario para ofrecer un pronto, aun cuando tienen los medios para pagar la hipoteca de una nueva vivienda.
 
A través de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV)  se emitirá un instrumento financiero (segunda hipoteca) que será garantizado por la propiedad. Los costos de principal e interés de la segunda hipoteca por los primeros 10 años serán sufragados con un fondo creado (al momento del cierre de su préstamo hipotecario) por el banco, el gobierno y el desarrollador.
 
CÓMO BENEFICIARSE DEL PROGRAMA
La persona interesada en solicitar va a escoger y a opcionar la propiedad de su preferencia. Debe preguntar en la oficina de ventas si el proyecto cualifica para el incentivo o no. Esto es un programa voluntario y no todos los desarrolladores ni todos los bancos hipotecarios participarán del mismo. Luego, va a ir a su banco hipotecario, solicitará el producto hipotecario que normalmente hubiese seleccionado, y le hace saber de su interés en participar del Programa de Estímulo Económico.  El banco procesará y decidirá se le aprueba el préstamo hipotecario. Una vez aprobado el crédito, el dinero de la segunda hipoteca se utilizará exclusivamente para  aplicar al pronto pago. El banco le va a procesar la primera y la segunda hipoteca en conjunto y en el momento del cierre va a tener establecido cuánto va a pagar en la primera hipoteca y  cuánto tendrá que pagar a partir del año 10 de su préstamo. Esta cantidad la sabrá desde el primer momento. El comprador no tendrá ninguna duda de cuánto va a pagar y no estará expuesto a cambios en los intereses del mercado.
 
Gilberto Monzón, en representación de la Asociación de Bancos añadió que, “Este es un excelente momento para comprar aprovechando las  ventajas de un mercado que ofrece tantos beneficios para el comprador. Es el momento ideal para invertir efectiva e inteligentemente aprovechando que los intereses están en un nivel históricamente bajo lo que se traduce en un aumento en el poder adquisitivo. Todos aquellos que tomen la decisión de comprar una vivienda ahora, no solo se estarán beneficiando de este nuevo programa de incentivos que anunciamos hoy, sino que se estarán beneficiando además de las situaciones del mercado actual y obteniendo grandes ahorros “.
 
Los interesados en obtener más información sobre este nuevo programa pueden acudir a las oficinas de los bancos hipotecarios participantes o a  las oficinas de ventas de los proyectos de vivienda. Según se anunció, ya esta disponible el reglamento del programa en la página de Internet del Departamento de la Vivienda a través de www.vivienda.gobierno
 
·                                 Bayamón Presenta Nuevas Ayudas para Hogar Propio con Cero Aportación
 
El alcalde de Bayamón, Ramón Luis Rivera, presenta el Programa “Tu Nuevo Hogar en Bayamón”
 “El sueño de tener un hogar propio más fácil que nunca. Esta es la primera vez que se permite combinar beneficios del programa Home y de la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda de Puerto Rico (AFVPR) para facilitar la compra de una vivienda con una transacción con cero aportación.  Como parte de su rol facilitador, el Municipio de Bayamón tendrá toda la información accesible en un sólo lugar, logrando así que cientos de familias puedan hacer su sueño realidad”, dijo Rivera.
Según los nuevos parámetros establecidos para impulsar la economía y facilitar la vivienda propia, las personas que cualifique podrían adquirir hasta $30,000 del programa Home del Departamento de la Vivienda de Bayamón. Y, mediante la AFVPR, hasta $10,000 para gastos de cierre (5% del precio de venta máximo de $200,000 precio de venta); hasta $25,000 de incentivo para la compra de vivienda nueva y hasta $10,000 para viviendas existentes, como una segunda hipoteca de AFVPR.
El Departamento de Vivienda Municipal aportará unos $1.8 millones para este programa, los cuales se podrán combinar con la aportación de la Autoridad que tiene disponible hasta $20 millones para ser utilizados para gastos de cierre.
Rivera dijo que los beneficiarios deberán cumplir con varios requisitos que están previamente estipulados, una vez cualifiquen para recibir la ayuda, entre las que figuran las siguientes:
o                                La unidad a ser adquirida debe ser la residencia principal
o                                La persona No cualifica si se ha beneficiado del programa la Llave para tu Hogar
o                                El beneficio sólo aplica para transacciones de compra-venta, entre otras
 


Contribuciones/Taxes


 

FECHA DE VENCIMIENTO PARA SOLICITAR LAS NUEVAS EXENCIONES SOBRE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL TEMPORAL SOBRE LA PROPIEDAD INMUEBLE

 

La nueva contribución adicional sobre la propiedad inmueble, implementada por la Ley 7 del 9 de marzo de 2009, y posteriormente enmendada por la Ley 37 del 10 de julio de 2009 será impuesta para los años económicos 2009- 2010, 2010-2011 y 2011-2012, o hasta que se recauden $690 millones, lo que ocurra primero. La misma aplicará a todas las propiedades inmuebles residenciales y comerciales, y se utilizarán los valores tasados del CRIM al primero de enero anterior a cada año económico. La tasa contributiva será de .0591% y la contribución adeudada será pagadera a Hacienda en dos plazos: el 1 de septiembre y el 1 de marzo. No obstante, para el primer plazo pagadero el 1 de septiembre de 2009, Hacienda extendió el término de pago hasta el 30 de noviembre de 2009. Al igual que con el CRIM, el contribuyente tendrá la opción de acogerse a un 10% de descuento si el pagó se efectúa dentro de los 30 días a partir de la fecha de vencimiento de la factura, y de un 5% de descuento después de los 30 días pero sin exceder de 60 días. Todas las exenciones y exoneraciones provistas por el CRIM serán de aplicación para la nueva contribución, excepto aquellas concedidas por los municipios en el ejercicio de sus poderes. En adición, la Ley 7 incluyó exenciones adicionales, las cuales deberán ser solicitadas por el contribuyente a Hacienda, para que las mismas entren en vigor. Por tal razón y por medio de la Carta Circular 09-07 (CC 09-07), Hacienda emitió los requisitos para otorgar las mismas y estableció para estos propósitos el Formulario SC 3420— “Solicitud de exoneraciones y exenciones de la contribución sobre la propiedad inmueble”. A continuación el listado de dichas exenciones y exoneraciones adicionales, las cuales deberán ser solicitadas por los dueños de las propiedades inmuebles a los cuales les apliquen las mismas:

 

A. Propiedades inmuebles para fines residenciales cuyos dueños sólo tengan ingresos de pensiones o anualidades menor de $20,000.

B. Propiedades inmuebles cuyo dueño sea una persona que haya sido objeto de separación de empleo debido a la Ley 7.

C. Unidades de vivienda de nueva construcción que no han sido opcionadas o vendidas y
entregadas.

D.Propiedades inmuebles operadas bajo programas pagados con fondos federales para proveer viviendas de alquiler a familias de ingresos bajos o moderados (Plan 8).

E. Propiedades inmuebles cuya construcción haya sido realizadas para que habite una persona con impedimentos.

F.Propiedades inmuebles que constituyan una segunda planta.

 

Es importante mencionar, que para que los contribuyentes a los cuales las siguientes exenciones les aplique, deberán someter ante Hacienda, el Formulario SC 3420 cuando la exención se haga disponible por primera vez de la siguiente manera:

 

Año Fiscal Vencimiento
2009-2010 30 de octubre de 2009
2010-2011 Entre el 1 de abril de 2010 al 31
de mayo de 2010
2011-2012 2011-2012

 

Información adicional será requerida para sustentar que se cumpla con los requisitos establecidos. Para mas información, favor de accesar, w w w . h a c ie n d a . g o b i e r n o . p r / downloads/pdf/cartas/CC09-07, para obtener copia de la CC 09-07.

 

Noticias/News
Información de interes ...
 
Bienvenidos/Home  |  Trayectoria/Summary  |  Propiedades/Listings  |  Búsqueda/Search  |  Calculadora/Calculators  |  EstudioMercado/Evaluation  |  Noticias/News  |  Vendiendo/Selling   |  Comprando/Buying  |  Comprador/Buyers  |  Recursos/Resources
Mensajes/Messages  |  Servicio/Service
 
Privacy Policy  |  Site Map  |  Links  |  For Agents  |  Profile  |  Login

©2004-2010 Arvelo Real Estate